Mediante Resolución General IGJ Nº 3/2023 (en adelante, la “Resolución”), publicada
en el Boletín Oficial con fecha 07/03/2023 y vigente desde el 21/03/2023, la Inspección
General de Justicia (en adelante, la “IGJ”) reguló la actuación y registración de las
entidades de bien común constituidas en el extranjero en el ámbito de la Ciudad de
Buenos Aires.
La Resolución establece que, para el ejercicio habitual de actos comprendidos en su
objeto social, este tipo de entidades deberán establecer sucursal, asiento o cualquier
otra especie de representación permanente en los términos del art. 118, tercer párrafo
de la Ley General de Sociedades (en adelante, la “LGS”).
Asimismo, establece que, a los efectos de otorgar la autorización para funcionar como
personas jurídicas, la IGJ apreciará que satisfagan finalidades de bien común
conforme a las leyes y principios jurídicos de la República Argentina.
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Florencia Mariana Cavazza – fcavazza@navarrocastex.com
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