SOCIEDADES. INSCRIPCIÓN ANTE LA INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DE LAS ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO.

Mediante Resolución General IGJ Nº 3/2023 (en adelante, la “Resolución”), publicada

en el Boletín Oficial con fecha 07/03/2023 y vigente desde el 21/03/2023, la Inspección

General de Justicia (en adelante, la “IGJ”) reguló la actuación y registración de las

entidades de bien común constituidas en el extranjero en el ámbito de la Ciudad de

Buenos Aires.

La Resolución establece que, para el ejercicio habitual de actos comprendidos en su

objeto social, este tipo de entidades deberán establecer sucursal, asiento o cualquier

otra especie de representación permanente en los términos del art. 118, tercer párrafo

de la Ley General de Sociedades (en adelante, la “LGS”).

Asimismo, establece que, a los efectos de otorgar la autorización para funcionar como

personas jurídicas, la IGJ apreciará que satisfagan finalidades de bien común

conforme a las leyes y principios jurídicos de la República Argentina.

Puede acceder a la Resolución haciendo click aquí.

Ante cualquier consulta puede contactarse con:

Florencia Mariana Cavazzafcavazza@navarrocastex.com
María Luz Ottonelottone@navarrocastex.com

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