INFORMACIÓN LABORAL DE INTERÉS
RESOLUCIÓN Ministerio del Interior N° 48/20:
“CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN”
Con fecha 29 de marzo de 2020 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución N° 48/20 del Ministerio del Interior de la Nación, mediante la cual se implementa el “Certificado único habilitante para circulación”.
El referido certificado es el único con el cual las personas exceptuadas del Aislamiento social preventivo y obligatorio podrán transitar y deberán presentar a las autoridades correspondientes.
El certificado debe tramitarse a través de la plataforma “Tramites a Distancia (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar
Las empresas podrán tramitar el certificado para sus empleados mediante la utilización de CUIT y clave fiscal. Sin otro particular saludamos a Uds. muy atentamente.
Por cualquier consulta pueden comunicarse con nosotros a navarrocastexabogados@navarrolaw.com.ar