PRIVACIDAD, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y REDES SOCIALES: NUEVO PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Con el objetivo de dar respuesta a los nuevos desafíos que imponen las transformaciones tecnológicas y el desarrollo de la economía digital, y con el fin de armonizar los estándares regionales e internacionales desde un enfoque de Derechos Humanos, el pasado 29 de junio el Poder Ejecutivo envió al Congreso de la Nación el mensaje 87/2023 con el Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales cuyo objetivo es modificar el régimen actual sancionado en el año 2000 por medio de la Ley 25.326.

La propuesta de actualización de la ley, elaborada por la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), es el resultado de un debate de ideas participativo, abierto y transparente acerca de las necesidades y realidades de nuestro país en la materia, contemplando 3 pilares: i) el derecho humano a la protección de los datos personales y la autodeterminación informativa, ii) la innovación tecnológica que promueva un desarrollo económico inclusivo y iii) la construcción de confianza a través de reglas de juego claras.

En virtud de esto, el Proyecto de Ley busca ampliar el acceso a derechos y al mismo tiempo generar un marco de acción que concilie la innovación tecnológica, el desarrollo económico y el derecho humano a la protección de datos personales, es por eso que introduce nuevos términos como el consentimiento, la transferencia internacional de datos, los datos genéticos y biométricos, la anonimización y seudonimización, las figuras del encargado, representante y delegado de protección de datos; al mismo tiempo que aborda la temática de la protección especial de los datos personales de los niños, niñas y adolescentes a través de reglas específicas, el deber de confidencialidad y cuándo opera su relevo, el tratamiento de datos con fines estadísticos, entre otras.

Resulta novedosa la inclusión del “derecho a la portabilidad de datos”, por el que el Titular de los datos tiene derecho a obtener una copia de los datos personales que hubiere proporcionado o que sean objeto de tratamiento, en un formato que le permita su ulterior utilización, pudiendo solicitar que sean transferidos directamente de Responsable a Responsable de tratamiento si ello fuera técnicamente posible.

Frente a este panorama, adquiere mayor importancia tanto para las personas como para las empresas contar con el debido asesoramiento en materia de tratamiento y protección de datos personales de sus clientes y empleados.

Puede acceder a más información aquí.

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