PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS: SE APRUEBA UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA ANTILAVADO BASADO EN RIESGO.

Mediante la Resolución UIF Nº 61/2023 (en adelante, la “Resolución”), publicada y vigente en el Boletín Oficial con fecha 14/04/2023, la Unidad de Información Financiera (en adelante, la “UIF”) estableció un nuevo procedimiento de supervisión basado en riesgo, el cual deroga la Resolución UIF N° 154/2018 y el segundo párrafo de los artículos 39 de la Resolución UIF N° 21/2018, 44 de la Resolución UIF N° 28/2018 y 39 de la Resolución UIF N° 76/2019. 

La Resolución establece los procedimientos para controlar el cumplimiento por parte de los Sujetos Obligados de las obligaciones para la identificación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, y a los fines de ser utilizados por terceros con objetivos criminales, establecidas en la Ley Nº 25.246, el Decreto Nº 290/2007 y reglamentaciones de la UIF.

Asimismo, reglamenta los deberes de colaboración de los Sujetos Obligados, la confidencialidad de la información, la estrategia de supervisión que efectuará la UIF, los mecanismos para la ejecución de las inspecciones que ejecutará dicho organismo, y detalla todo el procedimiento de monitoreo, Acciones Correctivas y sanciones por incumplimiento del Procedimiento.

Puede acceder a la Resolución completa haciendo click aquí.

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