PRECIOS MÁXIMOS. LEY DE ABASTECIMIENTO

PRECIOS MÁXIMOS. LEY DE ABASTECIMIENTO

En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución Conjunta Nro. 1/2020 emitida por el Ministerio de Salud y la Secretaría de Comercio Interior (“RC 1/2020”), por la que se establece, por 150 días corridos, precios máximos de venta de medicamentos para el tratamiento del COVID-19 v.gr., Atracurio, Bromuro de Pancuronio, Fentanilo, Midazolam y Propofol, y sobre presentaciones no detalladas de estos principios activos.

Asimismo, la RC 1/2020 intima a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de estos medicamentos, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar medidas para asegurar su transporte, distribución y comercialización en todo el país durante el período que dure la emergencia sanitaria.

Por último, la RC 1/2020 obliga a los laboratorios productores, elaboradores y/o autorizados para la comercialización de los productos alcanzados por la medida a informar a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT) y al MINISTERIO DE SALUD su capacidad máxima de producción.

La RC entró en vigencia hoy y su incumplimiento será sancionado de acuerdo con las disposiciones previstas en la Ley N° 20.680, de Abastecimiento.

Ante cualquier consulta puede contactarse con: navarrocastexabogados@navarrolaw.com.ar

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