Alejandro Laje, socio de Navarro Castex Abogados, disertó el pasado 18 de octubre en la Universidad de Roma-La Sapienza, Italia, sobre sobre “Los pactos sobre herencias futuras. Su importancia como herramienta de planificación sucesoria”. Su exposición fue en el marco del “Dottorato in Autonomia Privata, Impresa, Lavoro e Tutela dei Diritti Nella Prospecttiva Europea ed Internazionale”.
El Dr. Laje sostuvo que la sanción del Código Civil y Comercial argentino en el año 2015 introdujo, como gran novedad, la posibilidad de celebrar pactos entre futuros herederos, con o sin la intervención del eventual causante, que involucren explotaciones productivas o participaciones societarias. Destacó que con esta normativa se ha dado un paso más allá de los avances previstos por otros sistemas normativos, como los europeos, de notoria influencia histórica como fuentes legislativas.
La nueva normativa establece claramente que “las herencias futuras no pueden ser aceptadas ni renunciadas”. Como excepción, en el artículo 1010 se dispone que: “Los pactos relativos a una explotación productiva o a participaciones societarias de cualquier tipo, con miras a la conservación de la unidad de la gestión empresaria o a la prevención o solución de conflictos, pueden incluir disposiciones referidas a futuros derechos hereditarios y establecer compensaciones en favor de otros legitimarios. Estos pactos son válidos, sean o no parte el futuro causante y su cónyuge, si no afectan la legítima hereditaria, los derechos del cónyuge, ni los derechos de terceros”. Se introduce así una norma en línea con una tendencia generalizada orientada a aumentar las herramientas de planificación sucesoria.
Considera nuestro Estudio que la planificación sucesoria es un instrumento útil y necesario que debe estar a disposición de la persona que decida hacerla. Sin embargo, esta excepción al régimen de la prohibición de las especulaciones y los pactos sobre herencias futuras, tal como fue concebida en la legislación argentina, presenta particularidades sobre las que se debe advertir.