LICENCIAS DE IMPORTACIÓN – MODIFICACIONES – SIMI
El 12/3/2021, entró en vigencia la Disposición N° 5/2021 (la “Disposición”), publicada en el Boletín Oficial el 11/3/2021, dictada por la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial del Ministerio De Desarrollo Productivo.
Mediante dicha Disposición, se resolvió sustituir el Anexo XI de la Resolución N° 523 de fecha 5/7/2017 de la ex Secretaría de Comercio del ex Ministerio De Producción, estableciendo que 10 posiciones pasarán a tener Licencia No Automática (LNA) y 7 pasarán a tener Licencia Automática (LA), conforme el siguiente detalle:
Pasan a Licencia No Automática (LNA)
- 1604.14.20 Listados (Atunes)
- 1604.20.20 Listados (Atunes)
- 3002.15.20 Basiliximido
- 8415.90.90 Partes de unidades de Aires
- 8421.19.10 Centrifugadoras
- 8517.70.10 Circuitos para celulares
- 8517.70.99 Partes celulares
- 8529.90.20 Partes celulares
- 8711.60.00 Motos eléctricas
- 8711.90.00 Las demás motos
Pasan a Licencia Automática (LA)
- 2709.00.10 Aceites Crudos
- 2709.00.90 Aceites Crudos
- 2710.12.59 Gasolinas
- 2710.19.21 Gas Oil
- 3506.91.20 Adhesivos
- 3506.91.90 Adhesivos
- 8452.10.00 Máquinas de Coser
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Marcos Nazar Anchorena: manchorena@navarrolaw.com.ar