LEY DE ABASTECIMIENTO
Mediante la Resolución Nro. 330, publicada en el Boletín Oficial el 9 de abril de 2021 (en adelante, la “Resolución”), la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo (en adelante, la “SCI”) intimó a todas las empresas de los sectores de comercio y de la industria que durante el año 2019 hayan registrado ventas totales en el mercado interno superiores a la suma establecida en la Resolución N° 220/2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificatorias, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar el transporte, distribución y provisión de los insumos y bienes finales producidos en todo el territorio nacional, hasta tanto se mantenga vigente la emergencia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541 y prorrogada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020.
Asimismo, la Resolución establece que cualquier incumplimiento hará pasibles a las empresas infractoras de las sanciones previstas en la Ley N° 20.680.
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Marcos Nazar Anchorena: manchorena@navarrolaw.com.ar