INFORMACIÓN LABORAL DE INTERÉS

1) Decreto 413/21 (Prohibición de Despidos):

El día 28 de junio de 2021 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto de la referencia, mediante el cual prorrogó la prohibición de despidos y suspensiones hasta el 31 de diciembre de 2021.

El presente Decreto establece la prohibición de:

(i) Despidos sin causa;

(ii) Despidos invocando causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.

(iii) suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.

Quedan exceptuadas de esta prohibición las siguientes circunstancias:

-Suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

-Contrataciones efectuadas luego de la entrada en vigencia del Decreto 34/19 (publicado en fecha 13.12.2019).

-Las contrataciones efectuadas en el sector público nacional.

-Las contrataciones efectuadas bajo el régimen de la Ley 22.250 (Industria de la Construcción).

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el Decreto, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

Finalmente, el Decreto prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la calificación del COVID-19 como enfermedad profesional.

Sin otro particular saludamos a Uds. muy atentamente.


Por cualquier duda consultar a navarrocastexabogados@navarrolaw.com

Compartir:

Más Novedades

Escríbenos

Próximos Webinars & demás Eventos