Fallos

logo_transparente

RECAUDOS A LA HORA DE FIRMAR (O EJECUTAR) UN CONVENIO DE ACCIONISTAS

La Sala A de la Cámara Nacional en lo Comercial -2 de Noviembre de 2015- en los autos “Salaberry, Carlos Alberto c/Singer, Roberto Oscar y otros s/ordinario”, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia, donde se dispueso que el accionista que enajena su participación accionaria a un tercero, pierde su condición de socios y por lo tanto carece de legitimación activa para reclamar los derechos derivados de un acuerdo para-societario. El tribunal fundo su derecho en la aplicación analógica de lo dispuesto por el artículo 251 de la Ley Nro. 19.550, sobre la legitimación para impugnar asambleas de accionistas.

EL DESALOJO ES CIVIL. SIN PRÓRROGAS EN FUNCIÓN DE LA MATERIA

La Sala J de la Cámara Nacional en lo Civil -Diciembre de 2015- en los autos  “INYA SA c/ Honore SA s/ Desalojo” -y en el marco de un contrato de locación comercial que disponía que ante cualquier controversia las partes se sometían a los tribunales comerciales de la Ciudad de Buenos Aires- resolvió que la competencia en razón de la materia no puede ser objeto de disposición por las partes -a diferencia de la jurisdicción- y el contrato de locación es eminentemente Civil, no importando el objeto del contrato.

 

Compartir:

Más Novedades

Escríbenos

Próximos Webinars & demás Eventos