Como es de público conocimiento, mediante la Resolución General 5339/23 la AFIP ha suspendido, desde el 29/03/2023 y hasta el 31/12/2023, la vigencia de los certificados de exclusión oportunamente otorgados (y prohíbe el otorgamiento de nuevos), en relación con las percepciones aduaneras correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto al Valor Agregado.
Ello forma parte de un catálogo más extenso de restricciones a los derechos de los contribuyentes, respecto del cómputo de tales pagos a cuenta (tanto en el IVA como en Ganancias).
La medida resulta de aplicación a las medianas y grandes empresas: es decir, no abarca a las micro y pequeñas empresas, que tuvieran certificado PyME.
Es evidente que tal restricción avasalla elementales derechos y garantías constitucionales, como ser el derecho de propiedad (afectándose derechos adquiridos), principio de legalidad, seguridad jurídica, entre otros.
Es una nueva modalidad de abuso por parte de la administración fiscal, cuyo límite estará dado por el resguardo judicial que procure cada uno de los contribuyentes afectados por la medida.
Quedamos a disposición para evaluar, en cada caso concreto, la mejor estrategia procesal a tales efectos.
Puede acceder a la Resolución haciendo clic aquí.