Mediante la Resolución General Nº 5364/2023 (en adelante, la “Resolución”), publicada y vigente en el Boletín Oficial con fecha 29 de mayo pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (en adelante, la AFIP) estableció implementar el “Sistema de Acciones de Control Electrónico” (SIACE), el cual viene a reemplazar el sistema de “Fiscalización Electrónica” establecido por la Res. Gral. Nº 3416, e incluye el cumplimiento del SIACE como parámetro para la determinación de los estados administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la Res. Gral. Nº 3832.
El mencionado sistema comprende las acciones de verificación y control -por ejemplo, inducciones, comunicaciones, requerimientos, fiscalizaciones, entre otras- tendientes a promover el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los administrados.
El nuevo procedimiento se iniciará con una notificación al Domicilio Electrónico Fiscal, y el área interviniente de AFIP deberá ser individualizada en la referida notificación, a efectos de poder efectuar los reclamos pertinentes. Una vez cumplimentada la acción de control electrónico y analizada la documentación pertinente, esta Administración Federal notificará la finalización del procedimiento a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
Es importante resaltar que este nuevo procedimiento incluye un conjunto de sanciones por el incumplimiento o inconsistencias detectadas en las “acciones de control electrónico”, por lo que un asesoramiento preventivo y actualizado en esta materia es de vital importancia para el día a día de los negocios jurídicos.
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