DERECHO CAMBIARIO: NUEVAS CONDICIONES PARA ACCEDER AL DÓLAR.

Mediante la Resolución General 5430/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, publicada en el Boletín Oficial el 10/10/2023, se vieron reformadas las condiciones para acceder al dólar por medio del uso de tarjetas de compra (débito o crédito), y se introdujeron otras modificaciones que dificultan y encarecen el acceso a divisas.

El cambio principal recae en el aumento de la percepción adicional del 5% al 25% como regía para el “Dólar Qatar”, pero además la percepción se aplicará sobre cualquier valor de consumo, al mismo tiempo que ya no existirá el cupo de 300 dólares por mes y por persona libre de este recargo.

De este modo, dólar solidario, tarjeta y turista (o “dólar Qatar”) se unifican ahora en un tipo de cambio de $731 por unidad. Esto surge de sumar el Impuesto País (30%) más las percepciones de 45% por el Impuesto a las Ganancias y otro 25% a cuenta de Bienes Personales, que desde hoy se aplica tanto para el solidario como para el tarjeta y el Qatar.

En conclusión, ya no se tendrá en cuenta el monto de consumo mensual por persona para determinar qué percepciones impositivas deben pagarse, dado que todos los consumos con tarjeta de crédito y débito, así como la compra del billete oficial –que tiene un cupo de US$200–, tendrán la misma carga, y con todos los gravámenes, el recargo llega al 100 por ciento.

Puede acceder a la Resolución 5430/2023 haciendo click aquí.

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