Mediante la Resolución Conjunta 1/2023, publicada y vigente en el Boletín Oficial el 11/10/2023, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Minería resolvieron la incorporación al Programa de Incremento Exportador de los minerales de oro y plata.
De este modo, se permite a los exportadores de plata y oro ingresar el 25% de sus exportaciones al tipo de cambio “contado con liquidación”, debiendo el restante 75% liquidarse a través del mercado de cambio oficial.
El Programa beneficia a las empresas mineras que hayan exportado plata y oro en los últimos 18 meses y será aplicable (i) para las exportaciones realizadas entre el 30 de septiembre y el 20 de octubre inclusive, y (ii) para los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones al exterior o un anticipo de liquidación, siempre que la fecha de la exportación efectiva no sea posterior al 31 de diciembre de 2023.
Puede acceder a la Resolución Conjunta 1/2023 haciendo click aquí.