Mediante la Resolución General Nro. 971/2023 (en adelante, la “Resolución”), dictada por la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”), se dispuso modificar el art. 6 BIS del Capítulo V del Título XVIII de las normas de la CNV (N.T. 2013 y mod.) a fin de establecer nuevos límites para las transacciones con bonos que permiten operar con dólar MEP (Mercado Electrónico de Pagos) y CCL (Contado con Liquidación).
En efecto, la Resolución determinó un límite de 100.000 nominales semanales para la venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares emitidos bajo ley local y extranjera con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de negociación Prioridad Precio Tiempo (PPT).
Esta medida implica que la operación máxima semanal de títulos públicos con liquidación en dólares -como son el GD30 o AL30, por ejemplo- será de unos USD 40.000 aproximadamente, y se aplicará para cada subcuenta comitente, para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto y para el conjunto de las operaciones con liquidación en moneda extranjera.
En este sentido, la limitación opera como un tope semanal respecto de todas las ventas, lo que significa que ya no consiste en alcanzar un saldo neto de esos 100.000 nominales a través de compras y ventas, sino que quien alcance esas ventas en una semana ya no podrá operar más.
Por último, vale aclarar que la medida adoptada por la CNV no es de aplicación respecto de las operaciones efectuadas a través del Segmento de Negociación Bilateral (SENEBI), por cuanto dicho mercado se encuentra fuera del alcance de la intervención oficial en los precios.
La Resolución ha entrado en vigencia el mismo de su publicación en el Boletín Oficial, es decir el 15/08/2023.
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